Partiendo, como entonces, de la libertad individual para jugar o abstenerse de hacerlo es cierto que, aún hoy, subsisten algunas de las circunstancias que dieron lugar a la regulación del juego y de las apuestas, como son en particular la necesidad de preservar determinados valores merecedores de protección, y la de tutelar los diferentes intereses presentes en el sector y tomando como base la Ley Foral 11/1989, de 27 de junio, del Juego, aprobada en desarrollo de la competencia exclusiva que, en materia de casinos, juegos y apuestas, tiene atribuida Navarra a tenor del artículo 44.16 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, ha configurado, durante un prolongado periodo de tiempo, un marco adecuado para la regulación del juego en Navarra.
El reglamento que aprueba este Decreto Foral pretende regular las apuestas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra con una visión integradora de las diversas variantes que esta actividad puede presentar, contemplando la posibilidad de apostar sobre una gran variedad de eventos, aunque introduciendo asimismo la prohibición de hacerlo sobre acontecimientos que atenten contra los derechos y libertades o que se fundamenten en la comisión de ilícitos penales o administrativos, prohibidos o de carácter político o religioso.